Complemento por trabajo en festivos y fines de semana en contratos a tiempo parcial

Complemento por trabajo en festivos y fines de semana en contratos a tiempo parcial

Reconocimiento del derecho:
El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 4 de marzo de 2025, ha establecido que todos los trabajadores que presten servicios en sábados, domingos o festivos tienen derecho a percibir el complemento salarial correspondiente a dichos días, siempre que así lo contemple el convenio colectivo aplicable, independientemente de que su contrato sea a tiempo completo o parcial.

Principio de igualdad y no discriminación:
La resolución judicial subraya que negar este complemento a los trabajadores a tiempo parcial constituye un trato desigual y, por tanto, discriminatorio. El hecho de que estos empleados trabajen menos horas no justifica que se les excluya del cobro de un plus específico por realizar su labor en días especialmente retribuidos, si sus homólogos a tiempo completo sí lo perciben.

Caso concreto analizado:
En el caso enjuiciado, todos los empleados —tanto a tiempo completo como parcial— estaban asignados a turnos durante fines de semana y festivos. Sin embargo, sólo aquellos con jornada completa recibían el complemento por trabajo en festivo, mientras que los empleados a tiempo parcial quedaban sistemáticamente excluidos del mismo, a pesar de realizar funciones equivalentes en dichos días. Aunque estos últimos recibían un salario proporcional a su jornada, la exclusión del plus suponía una diferencia retributiva injustificada.

Conclusión:
La jurisprudencia reafirma que los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a condiciones retributivas equitativas en lo que respecta a los complementos vinculados a circunstancias específicas del trabajo —como la prestación de servicios en festivos o fines de semana—. La proporcionalidad de la jornada no puede ser utilizada como justificación para negar derechos reconocidos a través del convenio colectivo cuando se realizan tareas similares en iguales condiciones temporales. 

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