Los ciberataques se han convertido en una amenaza creciente para las empresas, afectando no solo a la seguridad de la información, sino también a la continuidad operativa. Cuando un incidente informático paraliza la actividad empresarial, surge la duda de si es posible acudir a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor.
El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de 11 de junio de 2024, ha aportado claridad al respecto, reconociendo que un ciberataque puede justificar la suspensión temporal de los contratos de trabajo.
El caso.
Una empresa sufrió un grave ataque informático que bloqueó sus sistemas y dejó inoperativos los canales de comunicación entre sedes, imposibilitando la prestación de servicios a sus clientes. Ante esta situación, la compañía tramitó un ERTE por fuerza mayor, al considerar que el incidente le impedía continuar con su actividad de manera temporal.
Sin embargo, los trabajadores impugnaron la medida, alegando que no concurrían los requisitos exigidos por la normativa para aplicar dicha figura.
La resolución judicial.
El Tribunal Supremo confirmó la existencia de fuerza mayor, argumentando que el ciberataque fue una situación inevitable, imprevisible y ajena a la voluntad de la empresa, que imposibilitó el trabajo efectivo.
El tribunal valoró que el incidente provocó la suspensión de servicios esenciales y la interrupción de comunicaciones internas, circunstancias que demostraban la imposibilidad material de continuar con la actividad.
En consecuencia, el ERTE fue considerado ajustado a Derecho, validando así la decisión empresarial de suspender temporalmente los contratos mientras se restablecían los sistemas afectados.
Claves prácticas.
- El ciberataque puede constituir una causa de fuerza mayor cuando impide objetivamente la prestación de servicios.
- La empresa debe acreditar el carácter imprevisible e inevitable del incidente y su impacto real sobre la actividad.
- Es fundamental documentar adecuadamente la incidencia y la comunicación con la autoridad laboral para asegurar la validez del procedimiento.
Conclusión y recomendación profesional.
Esta Sentencia sienta un importante precedente y refuerza la necesidad de integrar la ciberseguridad en la gestión laboral y de crisis empresarial. Un ataque informático no solo compromete los datos, sino que puede afectar directamente a la relación laboral y a la continuidad del empleo.
En Tapia & López Abogados recomendamos a las organizaciones contar con protocolos internos de actuación ante incidentes informáticos, así como con asesoramiento jurídico-laboral especializado, que permita reaccionar de forma rápida y conforme a la normativa vigente ante situaciones de fuerza mayor.
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