El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley que regula las prácticas no laborales, con el objetivo de delimitar claramente cuándo nos encontramos ante una actividad formativa y cuándo existe una verdadera relación laboral.
Esta norma busca reforzar las garantías de las personas en formación y evitar el uso indebido de las prácticas como sustitución de empleo.
Cuándo se considera práctica formativa y cuándo relación laboral
El texto establece que las prácticas no laborales deberán estar necesariamente vinculadas a estudios oficiales, formación profesional o programas gestionados por los servicios públicos de empleo.
En caso contrario, se presumirá la existencia de una relación laboral. Lo mismo ocurrirá si la persona en prácticas realiza funciones propias de un trabajador o si no existe relación entre la formación y las tareas desempeñadas en la empresa.
Obligaciones para las empresas
Las empresas deberán formalizar un acuerdo con el centro formativo que incluya aspectos esenciales como:
- La duración máxima de las prácticas
- Un plan formativo individualizado
- La designación de tutores, tanto en la empresa como en el centro educativo
Además, se establecen límites claros:
- Cada tutor podrá supervisar un número limitado de personas en prácticas
- El total de personas en formación no podrá superar un porcentaje determinado de la plantilla
- Se fija un mínimo permitido incluso para pequeñas empresas
Estas medidas buscan garantizar un entorno formativo real y evitar abusos.
Derechos de las personas en prácticas
La norma introduce importantes garantías para quienes realizan prácticas:
- Se prohíbe expresamente pagar por acceder a una práctica formativa
- Se reconoce el derecho a la compensación de gastos
- Se garantiza el acceso a los servicios de la empresa en igualdad de condiciones
- Se deben respetar los tiempos de descanso, festivos y vacaciones
- Se asegura la compatibilidad con la formación académica
- Se refuerza la protección en materia de seguridad, salud y prevención del acoso.
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